Chetumal, Quintana Roo, 25 de mayo de 2024. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria con carácter de urgente, aprobaron las medidas excepcionales para realizar las actividades de asistencia electoral en aquellos casos en que existan vacantes de capacitadores/as asistentes electorales locales, en el Proceso Electoral Local 2024. Se requieren de 80 capacitadores/as asistentes electorales locales de un total de 428, lo que representa 18.69% de faltantes.
Basada en la experiencia de este máximo órgano de dirección en procesos electorales anteriores, así como la relevancia de que existan figuras de asistencia electoral para las actividades señaladas en el Programa de Asistencia Electoral (PAE); resulta necesario señalar que, del Acuerdo INE/CG551/2024 del Consejo General del INE se derivan diversos escenarios que podrán ser considerados por los organismos públicos locales electorales, previa aprobación de cada uno de los órganos desconcentrados que así lo requieran, para el debido cumplimiento de sus actividades, y que se presentan a continuación:
Escenario 1.- Con la intención de cubrir el mayor número de personas que se encuentren capacitadas y familiarizadas con estas actividades, se considera oportuno aplicar en un primer escenario, la utilización de las figuras determinadas como SEL para realizar las actividades que están asignadas a las ARE que se encuentran vacantes ante la falta de personas asignadas en el cargo de CAEL; esto sin que exista afectación administrativa en el salario que les corresponde por las actividades de supervisión que se encuentran realizando. Y en la medida de lo posible, respetando la cantidad de casillas que las Área de Responsabilidad Electoral (ARE) establecen como límite por cada figura de CAEL contratada.
Escenario 2.- De manera consecuente, y en un escenario en donde las figuras de SEL no alcanzaren para realizar dichas actividades, es posible entonces prever la multiplicidad de casillas a distribuir entre las figuras de CAEL que se encuentran actualmente asignadas, asignado un mayor número de casillas para cubrir las ARE vacantes, siempre que estas se encuentren a una distancia prudente del área de responsabilidad electoral que tienen asignada como carga laboral para el día de la jornada electoral.
Escenario 3.- Toda vez que, a la emisión del presente Acuerdo, el IEQROO no dispone de la plantilla completa de CAEL, y tomando en consideración la cantidad de casillas presentadas en el Considerando 6, se estima oportuno la incorporación al personal de confianza y eventual en las actividades de Asistencia Electoral. Para ello, en los casos que el Consejo Distrital y Municipal lo requiera, deberá haber agotado en primera instancia los escenarios 1 y 2, respectivamente, y si después de ello aún se encuentre en el supuesto de que algunas de sus casillas aún no cuenten con el personal requerido, podrá solicitar mediante oficio dirigido a la Presidencia de este Instituto, el nombramiento del personal de confianza o eventual de oficinas central que participe en estas actividades, quien en su caso podrá recibir los gastos de campo o bien, los viáticos correspondientes para asegurar la operatividad de sus actividades.
Por lo anterior, previo análisis de las Direcciones de Cultura Política y Organización, auxiliarán a la Consejera Presidenta en analizar la solicitud de nombramiento del personal de confianza y eventual de oficinas centrales, para que, de ser el caso, la Consejera Presidenta lleve a cabo la designación del personal que, derivado de sus cargas de trabajo, se encuentre en la condición de asumir funciones de Asistencia Electoral.